miércoles, 27 de febrero de 2013

Las "bajas de oficio" apremian a contribuyentes

Los contribuyentes tucumanos, en particular, los profesionales, cuentan con sólo 48 horas para evitar un incremento de las deducciones impositivas provinciales. La Dirección General de Rentas (DGR) confirmó que el 1 marzo "entrará en vigencia" el primer corte de evaluación, mecanismo que determinará las Bajas de Oficio dentro del registro de actividad fiscal provincial. 

La Baja de Oficio es un procedimiento a través de la cual el organismo de recaudación examina el comportamiento tributario de las personas físicas o jurídicas. Es decir, el proceso establece, fundamentalmente, si el "sujeto pasivo" ha cumplido con las presentaciones de las declaraciones juradas que revelan los ingresos mensuales en actividad. 

Según informó el director de Rentas, Pablo Clavarino, la medida se extiende a los 66.000 contribuyentes de las diferentes actividades, tanto comercial y profesional como industrial, entre otras. A ese mismo padrón, se suman los 18.000 establecidos por convenio multilateral. 

"Se ha dispuesto la baja del registro para aquel (contribuyente) que no presente las declaraciones juradas. Si no lo hace, deja de estar activo, aclaró el funcionario. 

Permanecer dentro de la cartera de activos implica mantener una deducción de un 3,5%, o menos en algunos casos, explicó el funcionario. Contrariamente, el incumplimiento de las obligaciones tributarias desembocará en un aumento de las retenciones o percepciones. 

"Si se confirma la baja de oficio, el profesional sobrellevará retenciones, percepciones y recaudaciones bancarias como si no estuviera inscripto; la alícuota ascendería de un 3,5% a alrededor de un 7,5%, dependiendo de la actividad", comentó el tributarista Ricardo Nassif, quien aclaró que una gran masa de profesionales no superaba "el mínimo imponible -de siete salarios Mínimo Vital y Móvil por mes". "Por la baja, el profesional sufriría una percepción importante en cada depósito bancario", insistió. 

El ex titular de la Federación de Entidades Profesionales Universitarias de Tucumán (Feput) describió a este trámite como "una tarea adicional, una pérdida de tiempo". "Se presenta todos los meses un formulario o una boleta aclarando que no se supera el mínimo excepto", concluyó. 

Fuente: La Gaceta

sábado, 23 de febrero de 2013

DJ Anual Ingresos Brutos Tucumán (2)

Formulario Interactivo
Completando la entrada anterior les ofrecemos en este enlace el dorso de la DJ anual de Ingresos Brutos.
Estamos comenzando a trabajar con formularios interactivos por lo que agradeceremos cualquier comentario o duda acerca de ellos, y aún más, si tienen algún formulario (en PDF) que usan muy seguido y desean que lo modifiquemos solo nos los envían y listo.
Aguardamos comentarios.

DJ Anual Ingresos Brutos Tucumán

Formulario Interactivo
Les presentamos un herramienta para poder cumplir con la presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Tucumán.
Atento a las últimas novedades en nuestra provincia con respecto a la baja de oficio y a la prórroga de la primera fecha de corte de información (que vence en los próximos 5 días), estuvimos trabajando en hacer más dinámica la tarea de elaborar la declaración jurada anual de ingresos brutos.
En esta oportunidad ofrecemos el formulario interactivo en formato PDF del frente de la declaración jurada.
Espero que les sirva de ayuda y sino aguardamos sus comentarios. Abrir el enlace.
En la próxima entrada adjuntaremos el dorso completando así todo el formulario.
Saludos.

jueves, 21 de febrero de 2013

Práctica Profesional


IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES EJERCICIO 2012:
GUÍA DE ELEMENTOS A REQUERIR PARA LA CONFECCIÓN DE LAS DECLARACIONES
JURADAS
POR LA DRA. MARINA MIQUEO - DEPTO. EDITORIAL - CPA GRUPO EDITOR
INFORMACIÓN REFERENTE A BIENES INMUEBLES:

Operaciones
Información a requerir
  • Compras y/o ventas efectuadas durante el año
  • Fecha de las operaciones valor por el cual se efectuó la operación
  • Gastos necesarios para efectuar la operación 
  • Ubicación (incluyendo Ciudad, Estado o Provincia y, en su caso país), número de partida, y el número de inscripción catastral. 
  • Porcentajes de participación en la propiedad. 
  • Tipo de inmueble (casa, departamento, cochera, etc.) y
  • Destino que se le dará al inmueble en caso de adquisiciones. 
  • Indicar si existen derechos reales sobre los bienes, en caso afirmativo informar tipo de derecho real, importe, fecha de vigencia.

Inmuebles en existencia al 31 de diciembre de 2012
  • Bienes en el país: costo de adquisición, valuación fiscal  y base imponible para el cálculo de impuesto inmobiliario 
  • Bienes en el exterior: valor estimado Indicar si existen derechos reales sobre los bienes, en caso afirmativo informar tipo de derecho real, importe, fecha de vigencia.

RODADOS

Operación
Información a requerir
  • Detalle de compras y ventas de rodados de cualquier tipo efectuadas durante el año.
  • Indicar si fueron patentados en el país o en el exterior 
  • Fecha de adquisición o enajenación de los mismos 
  • Marca, modelo, fábrica, año de fabricación y número de patente. 
  • Valor de la operación 
  • Gastos de comisiones, patentamiento, etc. 
  • Porcentaje de participación en la propiedad. 
  • Destino que se le dará al rodado, en caso de adquisiciones.

Automotores en existencia al 31 de diciembre de 2012

  • Detalle de automóviles indicando marca, modelo, fábrica, año de fabricación, número de patente y porcentaje de participación
EMBARCACIONES Y AERONAVES Operación Información a requerir
  • Detalle de compras y ventas de embarcaciones efectuadas  durante el año
  • Indicar si fueron matriculadas en el país y en el exterior 
  • Fecha de adquisición o enajenación de las mismas. 
  • Marca, modelo, número de serie, matricula, año de fabricación. 
  • Valor de la operación 
  • Gastos necesarios para efectuar la operación. 
  • Porcentajes de participación en la propiedad. 
  • Destino

TÍTULOS PÚBLICOS

Operación
Información a requerir

  • Detalle de compras y ventas efectuadas durante el año
  • Fecha de adquisición o enajenación de los mismos. 
  • Tipo de título
  • Valor nominal 
  • Cantidad 
  • CUIT 
  • Moneda y país de emisión 
  • Intereses devengados al 31/12/12 
  • Valor de cotización al 31/12/12, de corresponder
SALDOS BANCARIOS Información a requerir:
  • Tipo de cuenta (cuenta corriente en pesos, caja de ahorro en pesos, etc.) 
  • Número de cuenta 
  • CBU 
  • Banco, sucursal y país 
  • Intereses devengados en el ejercicio fiscal 
  • Saldo al 31/12/12 de cada cuenta

MONEDA EXTRANJERA

Información a requerir:

  • Tipo de moneda y cantidad
  • Fecha y monto de compras o ventas realizadas durante el 2012 o a comienzos del 2013

Nota: Respecto de la Ley 26476 que dispuso un régimen de exteriorización de la tenencia de moneda nacional, extranjera, divisas y demás bienes en el país y en el exterior al 31 de diciembre de 2007, se deben tener individualizados los bienes exteriorizados o adquiridos mediante la aplicación de los fondos exteriorizados. 

INFORMACIÓN REFERENTE A LA PARTICIPACIÓN EN SOCIEDADES

Información a requerir:

Participación en sociedades del país
  • Denominación social y CUIT 
  • Fechas de compra o venta. 
  • Precio de compra o venta 
  • En sociedades por acciones: tipo, cantidad, valor nominal y cotización, de corresponder, al 31/12/12 y dividendos recibidos durante 2012 
  • En otras sociedades: % y valor de la participación y tipo societario Si es quien determina el resultado neto de la empresa, es necesario contar con balance de inicio y de cierre de la explotación comercial

Participación en sociedades del exterior

  • Denominación social y país de origen
  • Fechas de compra o venta 
  • Valor nominal y % de participación o cantidad de acciones 
  • Valor de mercado de la participación o de las acciones

INFORMACIÓN REFERENTE A EXPLOTACIONES COMERCIALES, INDUSTRIALES, AGROPECUARIAS Y/O ACTIVIDADES PROFESIONALES

Información a requerir:

  • Ingresos devengados en el año fiscal por la actividad (incluye ingresos por ventas, honorarios profesionales, retribución como socio gerente, director, etc.) 
  • Ingresos devengados en el año fiscal por actividades extraordinarias (ej. venta de bienes de uso) Compras realizadas durante el año, discriminando las correspondientes a adquisición de bienes de uso. 
  • Gastos de la explotación devengados en el año fiscal, diferenciados por concepto 
  • Bienes y créditos afectados a la actividad al 31/12/12, discriminados por tipo e indicando valor de
  • compra. (Para las mercaderías adjuntar inventario al 31/12/12) 
  • Deudas de la explotación al 31/12/12. 
  • Detallar como se componen los saldos deudores y acreedores, indicando razón social, CUIT e importe de cada cliente y/o proveedor y lugar de residencia

INFORMACIÓN ADICIONAL DEL CONTRIBUYENTE

Operación
Información a requerir

Ingresos obtenidos fuera de la explotación:

Alquileres:
  • Detalle del bien y porcentaje de participación Alquileres devengados durante el año. 
  • Impuestos municipales devengados durante el año 
  • Gastos devengados durante el año en concepto de servicios de luz, gas, teléfono, etc.). 
  • Mejoras efectuadas sobre los inmuebles (aclarar sí son a cargo del inquilino o no).

Jubilaciones
  • Detallar importes totales y netos percibidos
Sueldos
  • Detallar importes totales y netos percibidos. 
  • Los sujetos que sólo obtengan rentas en relación de dependencia, deberán presentar su declaración jurada del impuesto a las ganancias cuando sus ingresos brutos superen los $ 96.000, para declarar la composición de su patrimonio ó los $ 144.000, para declarar tanto su patrimonio como sus ingresos, gastos, deducciones y retenciones.

Intereses percibidos por colocaciones de capital
  • Tipo de colocación
  • Saldo del capital al cierre Intereses percibidos durante el ejercicio

Patrimonio particular del contribuyente

Deudas y créditos
  • Fecha de origen
  • Tipo de deuda o crédito 
  • Monto Saldo de deuda al 31/12/12 
  • Nombre y DNI o Razón social y CUIT del deudor o acreedor

Donaciones efectuadas o recibidas
  • Fecha de la donación
  • Monto 
  • CUIT 
  • Constancia de la donación

Gastos efectuados durante el ejercicio
Primas de seguro de vida
  • Tipo
  • Monto abonado

Planes de Seguro de retiro
  • Monto abonado
Aportes a obras sociales, cuotas médico asistencial
  • Monto abonado por el titular y sus cargas de familia
Viajes al exterior
  • Monto aproximado de gastos
  • Percepciones por compras en divisas con tarjetas de crédito, débito o compra

Otras erogaciones importantes
  • Monto aproximado de gastos y detalle de las mismas
Tarjetas de crédito o compra
  • Consumos del año 2012
Aportes jubilatorios
  • Monto abonado
Modificaciones en las cargas de familia
  • Nacimientos, mayoría de edad de hijos, fallecimiento, etc.
  • Detalle de la modificación
Retenciones del impuesto a las ganancias sufridas
  • Nombre  
  • CUIT del agente de  retención 
  • Número de certificado de retención 
  • Fecha 
  • Importe de la retención

miércoles, 20 de febrero de 2013

Tucumán - Ingresos Brutos - Cancelación de oficio


BO: 11/01/13- RG (DGR) 3/13
INSCRIPCIONES O ALTAS. CANCELACIÓN DE OFICIO

Se establece el procedimiento para la cancelación de oficio de las inscripciones o altas en el impuesto sobre los ingresos brutos, fijando que esta procederá en el caso de la falta de presentación de DDJJ durante dos períodos fiscales anuales o tres períodos mensuales consecutivos, así como también cuando el domicilio denunciado por el contribuyente a los fines fiscales se presuma inexistente. Los contribuyentes serán evaluados periódicamente y se fija como primera fecha de corte para el proceso de evaluación el 20/2/13. Para recuperar la condición de inscripto o el alta en el impuesto mencionado, los sujetos tendrán que acreditar el cumplimiento de la presentación de toda DDJJ omitida. En el caso de que la cancelación sea por la denuncia de un domicilio inexistente, deberán cumplir con las condiciones establecidas para acreditar su existencia y veracidad -RG (DGR) 176/10- y notificarse de todas las comunicaciones pendientes.

Se puede consultar la R.G. 3/13 en: http://extranet3.rentastucuman.gov.ar/nomina/rentastuc2/pdf/novedades/RG03_13.pdf#zoom=70

Por R.G. 12/13 se proroga el plazo hasta el 28/02/2013. Consultar RG:
http://extranet3.rentastucuman.gov.ar/nomina/rentastuc2/pdf/novedades/RG12_13.pdf#zoom=70

Actualización de deducciones - F.572 Web - Ganancias

¿Cuáles son los trabajadores obligados a utilizar F. 572 web?
Por el período fiscal 2012: los que computen como pago a cuenta, el importe de las percepciones sufridas por aplicación del régimen de percepción de la RG 3378 y complementarias (Compras de bienes y servicios en el exterior canceladas mediante tarjetas de crédito o de débito). Por el período fiscal 2013, cuando se verifique alguna de las siguientes situaciones:
a) La remuneración bruta acumulada por el año 2012 fue igual o superior a $ 250.000.
1. Si no hubiese percibido los 12 meses correspondientes por ser el 2012 el año de inicio de la relación laboral, al proyectar anualmente la remuneración bruta el resultado fuera igual o superior a $ 250.000.
2. Si estando en situación de pluriempleo, al considerar la suma total de las remuneraciones brutas correspondientes a sus distintos empleos, diera como resultado un importe igual o superior a los $ 250.000.
b) Computen como pago a cuenta del impuesto a las ganancias las percepciones que les practicaron durante el año 2013 por aplicación del régimen establecido por la RG 3378 y su complementaria.
c) Por voluntad del empleador.

¿Cuál es el plazo para confeccionar el F. 572 web?
El trabajador tendrá tiempo hasta el 31 de enero del año siguiente al que se declara para ingresar en el SiRADIG los datos correspondientes a los conceptos que correspondan ser tenidos en cuenta para su liquidación del impuesto a las ganancias.

¿Cada cuánto tiempo se debería actualizar?
Durante el período fiscal, cuando se produzcan modificaciones en los datos declarados.

¿Cuál es el plazo de presentación del F. 572 web por el período fiscal 2013?
El 31/1/14 es el último plazo de presentación del F. 572 web correspondiente al período fiscal 2013, para los sujetos obligados a realizarlo a través del SiRADIG.