miércoles, 20 de febrero de 2013

Tucumán - Ingresos Brutos - Cancelación de oficio


BO: 11/01/13- RG (DGR) 3/13
INSCRIPCIONES O ALTAS. CANCELACIÓN DE OFICIO

Se establece el procedimiento para la cancelación de oficio de las inscripciones o altas en el impuesto sobre los ingresos brutos, fijando que esta procederá en el caso de la falta de presentación de DDJJ durante dos períodos fiscales anuales o tres períodos mensuales consecutivos, así como también cuando el domicilio denunciado por el contribuyente a los fines fiscales se presuma inexistente. Los contribuyentes serán evaluados periódicamente y se fija como primera fecha de corte para el proceso de evaluación el 20/2/13. Para recuperar la condición de inscripto o el alta en el impuesto mencionado, los sujetos tendrán que acreditar el cumplimiento de la presentación de toda DDJJ omitida. En el caso de que la cancelación sea por la denuncia de un domicilio inexistente, deberán cumplir con las condiciones establecidas para acreditar su existencia y veracidad -RG (DGR) 176/10- y notificarse de todas las comunicaciones pendientes.

Se puede consultar la R.G. 3/13 en: http://extranet3.rentastucuman.gov.ar/nomina/rentastuc2/pdf/novedades/RG03_13.pdf#zoom=70

Por R.G. 12/13 se proroga el plazo hasta el 28/02/2013. Consultar RG:
http://extranet3.rentastucuman.gov.ar/nomina/rentastuc2/pdf/novedades/RG12_13.pdf#zoom=70