Según la citada norma dichos plazos son los siguientes:
Periodo fiscal 2011 vence el 29/06/2012Se sustituye así el pasado 29/02/2012 como vencimiento de la DJ anual de 2011.
Período fiscal 2012 vence el 28/06/2013
Es importante conocer esta obligación ya que la mayoría de los contribuyentes no la presentan. Asimismo cabe aclarar que la falta de presentación de esta declaración jurada constituye una falta a los deberes formales de los contribuyentes, dejándolos susceptibles de multas aplicadas por la D.G.R.